Nombres Comerciales

Apelación de un establecimiento industrial, comercial o de servicios

Concepto.

Es la apelación de un establecimiento industrial, comercial o de servicios, ya sea físico o virtual, los cuales estarán protegidos sin necesidad de registro. La protección abarcará la zona geográfica de la clientela efectiva de la empresa o establecimiento al que se aplique el Nombre Comercial y se extenderá a toda la República si existe difusión masiva y constante a nivel nacional del mismo.

Este signo distintivo tiene un tratamiento de registro distinto al de las Marcas, ya que no requiere de la emisión de un título, sino de su reconocimiento por el Instituto y su publicación en la Gaceta, no obstante, la ley dispone que todo lo demás relativo a las Marcas, será aplicable a los Nombres Comerciales.

Datos técnicos.

  • Vigencia: el reconocimiento y su publicación es por el plazo de 10 años contados a partir de la fecha de presentación de solicitud ante la autoridad.
  • Declaración de Uso: para mantener vigente el reconocimiento y publicación debe acreditarse ante la autoridad su uso real y efectivo. Esto debe realizarse dentro de los 3 meses posteriores a los 3 años contados a partir de la fecha de publicación.
  • Renovación: para renovar el reconocimiento y publicación, deberá solicitarse ante la autoridad dentro del periodo de 6 meses posteriores al término de vigencia, junto con una declaración de uso.