Secretos Industriales

No se registran, pero si se deben vigilar con extremo cuidado

Secretos Industriales

¿Cómo se configuran?

Los constituye toda aquella información de aplicación industrial o comercial que guarde una persona (física o moral) con carácter confidencial, que le signifique obtener o mantener una ventaja competitiva o económica frente a terceros en la realización de actividades económicas y respecto de la cual haya adoptado los medios o sistemas suficientes para preservar su confidencialidad y el acceso restringido a la misma.

¿Cualquier información puede configurar un secreto industrial?

La información de un secreto industrial necesariamente deberá estar referida a:

  • La naturaleza, características o finalidades de los productos;
  • A los métodos o procesos de producción; o
  • A los medios o formas de distribución o comercialización de productos o prestación de servicios.

¿Qué información no se considera como secreto industrial?

No se considerará secreto industrial aquella información que:

  • Sea del dominio público;
  • La que resulte evidente para un técnico en la materia, con base en información previamente disponible; o
  • La que deba ser divulgada por disposición legal o por orden judicial.

No se considerará que entra al dominio público o que es divulgada por disposición legal aquella información que sea proporcionada a cualquier autoridad por una persona que la posea como secreto industrial, cuando la proporcione para el efecto de obtener licencias, permisos, autorizaciones, registros, o cualesquiera otros actos de autoridad.  

Otras consideraciones

Los secretos industriales deberán constar en documentos, medios electrónicos o magnéticos, discos ópticos, microfilmes, películas u otros instrumentos similares, pero es importante que exista un soporte del mismo. De igual manera, al momento de compartir información sobre el secreto industrial con un tercero o con personal de tu empresa o negocio, deberán tomarse las medidas necesarias para acreditar su revelación, por lo que no se recomienda que se haga de forma verbal o visual.

En caso de que alguna persona conozca de un secreto industrial con motivo de su trabajo, puesto, cargo, desempeño de su profesión, relación de negocios o en virtud del otorgamiento de una licencia para su uso, y éste lo revele para obtener un beneficio económico para sí o para un tercero, o simplemente con el fin de perjudicar, estará cometiendo un delito que sancionan las leyes penales con prisión de dos a seis años y multa por el importe de cien a diez mil Unidades de Medida y Actualización, sin perjuicio de los daños y perjuicios que reclame el titular del secreto industrial por otras vías. 

Tratamiento

Para dar el debido tratamiento, disposición y mantener la confidencialidad de tu información, es importante celebrar un documento que obligue principalmente al receptor de la información a guardar absoluta secrecía de lo que se le está compartiendo, ya sea que se trate de un secreto industrial o de información que de cierta manera puede representar una ventaja comercial para ti y que su revelación podría afectarte.